viernes, 16 de noviembre de 2007

AGENTES DE RETENCION

Son Agentes de Retención, aquellos designados por la Ley ó por la Administración Tributaria, previa autorización legal, aquellos que intervengan en actos u operaciones en los cuales la Ley y sus Reglamentos dispongan efectuar la retención del tributo que corresponda.
En toda institución pública ó privada actúan por lo menos dos agentes de retención, considerando el origen de los distintos pagos efectuados por la administración integral de la organización.
En primer lugar, podemos clasificar como agente de retención a la unidad que administra el cálculo, pago ó abono en cuenta de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, debido a la naturaleza muy particular de dichos pagos.
En segundo término, a la unidad que se encarga de pagar los compromisos comerciales asumidos con proveedores de bienes y servicios; de igual manera las unidades que se encargan de efectuar pagos especiales, tales como: royalties, derechos y patentes industriales y regalias, entre otros.

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